Es el caso más habitual de obtención de la nacionalidad española. A estos efectos, los brasileños deben residir legalmente en España por un período mínimo de dos años, salvo que estén casados con un ciudadano español, ya que, como se mencionó anteriormente, el período se reduce a un año.
Residir legalmente en España por el período exigido por la ley, según su caso, recordando que para los brasileños el período de residencia es de 2 (dos) años. Además, no deben tener antecedentes penales, tanto en Brasil como en España. También será necesario acreditar medios económicos en España, es decir, disponer de contrato de trabajo o cualquier otra fuente de ingresos.
La respuesta es no. Podemos tramitar la residencia en España de un cónyuge español (ya sea por matrimonio o unión libre), para el hijo de un cónyuge español hasta los 21 años. La situación se complica cuando se trata de hijos de cónyuge español mayores de 21 años o ascendientes del mismo (padre o madre) ya que el gobierno español exige acreditar la dependencia económica en el país de origen (es decir, antes de entrada en España) así como acreditar que dicho extranjero no dispone de recursos propios y depende totalmente de un ciudadano español.
No. El hecho de estar casado con un español otorga al cónyuge extranjero el derecho a residir y trabajar en España. En cuanto a la nacionalidad, la única ventaja es que el cónyuge extranjero podrá SOLICITAR la nacionalidad después de un año de residencia en España con el cónyuge español. Para brasileños SOLTEROS, el período de prescripción es de dos años.
Sí, como nieto de español, puedes adquirir la nacionalidad española bajo la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022. Esta ley permite que los descendientes de españoles exiliados durante la Guerra Civil y el régimen franquista soliciten la nacionalidad, siempre que puedan probar el vínculo familiar y el exilio del ascendiente. Es importante reunir la documentación necesaria y seguir los plazos establecidos por la ley.
Si no confirma su nacionalidad dentro de los 3 (tres) años siguientes a la emancipación (cumplimiento de los 18 años, matrimonio si es menor de edad, apertura de una empresa...), perderá la nacionalidad española, pudiendo únicamente recuperarlo si es menor de edad para residir LEGALMENTE en España por un período de 1 (un) año.
Según la legislación española, todos los hijos de españoles son españoles, aunque diferencia a los ESPAÑOLES nacidos en ESPAÑA de los nacidos en el extranjero (nacidos en Brasil por ejemplo). Entonces, si tu PADRE/MADRE es español NACIDO en España, tú serás español tengas la edad que tengas. Sin embargo, si tu progenitor es español NACIDO (A) en Brasil, solo tendrás la nacionalidad si te registras en el CONSULADO DE ESPAÑA antes de cumplir los 18 años. Aun así, después de la emancipación (18 años) tendrá un plazo de 3 (tres) años para confirmar su voluntad de permanecer con la nacionalidad española, so pena de perderla.